Procedimiento para la inscripción en el Registro Especial de Proveedores

Documentación para descargar

 


Se informa a los proveedores inscritos en el Registro Especial de Proveedores del Ejército, que deben actualizar el formulario de rubros en los cuales se encuentran registrados, conforme al nuevo formulario disponible en el banner "Adquisiciones y Proveedores". "Procedimiento para la Inscripción en el Registro Especial de Proveedores". Este formulario deberá ser firmado por el representante legal, indicando la razón social y RUT del proveedor, debiendo ser remitido físicamente a la División de Adquisiones. 

  1. Una vez que el proveedor interesado en ser inscrito, tenga toda la documentación requerida para el análisis jurídico por parte de esta División de Adquisiciones del Ejército (DIVAE), debe hacer entrega de una carpeta donde contenga dicha información.
  2. La dirección de entrega de los antecedentes es en la misma DIVAE, Nueva Santa Isabel N° 1651 (ex 1640), comuna de Santiago Centro, unidad que depende del Comando de Apoyo a la Fuerza (CAF).
  3. En caso de contacto, favor comunicarse a DIVAE.CRCP@ejercito.clEJERCITO.CL
  4. Los Proveedores deben tener especial atención en la documentación señalada en el Decreto N° 746, artículos 12 y 13, donde se exigirá documentación original o legalizada ante Notario, de no ser así, no seguirá el proceso de inscripción.
  5. Una vez evaluados los antecedentes y documentación que entreguen los proveedor interesado en ser inscrito, esta DIVAE les comunicará mediante Carta Certificada su resultado, remitiendo a las direcciones que entregue cada proveedor, la Resolución de aprobación o rechazo, según sea el caso, firmadas por el Comandante de Apoyo a la Fuerza (CAF).
  6. Si algún proveedor requiera efectuar alguna modificación a los antecedentes de sus registros ya aprobados, deberán hacerlo mediante una carta dirigida al Comandante de la División de Adquisiciones del Ejército (DIVAE).
  7. Se hace presente que la vigencia de un proveedor inscrito en este registro especial, es de 5 años, debiendo actualizar sus datos antes de 30 días del vencimiento de su vigencia, de lo contrario quedarán automáticamente suspendidos.

Ejército de Chile

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