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Comunicado

JAVE aclara situación con respecto a Constructora Alcarraz

Publicada: 28/02/2019

En relación a la situación por la cual atraviesan las comunidades Villa Sol del Norte” de Arica, “Villa Los Torreones” de Coyhaique y “Villa Pudeto II” de Punta Arenas, la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejército (JAVE) informa al personal institucional lo siguiente:

  1. En el marco de la Ley de Bienestar que la regula, la JAVE implementa políticas institucionales orientadas a incentivar a sus beneficiarios a participar del sistema de ahorro y crédito para la adquisición de una vivienda propia, lo que ha permitido concretar, desde el año 1999 a la fecha, 32 proyectos habitacionales, con un total de 2.775 soluciones en este ámbito.
  2. Para efectuar dichos procesos, se ha apoyado la formación de comunidades, agrupaciones o comités, los que, organizados de acuerdo a la Ley Nº 19.418 de “Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias”, actúan como mandantes en los distintos proyectos, de acuerdo a la personería jurídica que le otorga la respectiva Municipalidad.
  3. El rol que cumple el Comando de Bienestar, a través de la JAVE, es otorgar el financiamiento a los proyectos habitacionales; asesorar en el estudio de títulos de los terrenos que resuelven adquirir las organizaciones habitacionales, así como realizar las coordinaciones con las comunidades y los vendedores (personas naturales o entidades públicas como Bienes Nacionales y SERVIU), para la redacción y suscripción de los contratos de compraventa de los terrenos.
  4. Es, por tanto, cada comunidad, agrupación o comité, en su condición de ente jurídico independiente, la que resuelve la adjudicación de la empresa constructora que se hará cargo de su proyecto habitacional. En este punto, la JAVE solo interviene con asesoría en aspectos de validación de los antecedentes aportados por la comunidad, si así es requerido.
  5. Por consiguiente, los contratos de construcción a suma alzada, que establecen derechos y obligaciones para cada parte del contrato, son suscritos por los representantes de las mencionadas comunidades, la empresa constructora y el Comando de Bienestar (JAVE), en su condición de mandatario para efectuar los pagos.
  6. Actualmente, la empresa constructora a cargo de los proyectos habitacionales de las comunidades Villa Sol del Norte” de Arica, “Villa Los Torreones” de Coyhaique y “Villa Pudeto II” de Punta Arenas, ha incumplido las obligaciones de los contratos de construcción y, por ende, ha paralizado las obras, sin haber tenido al día el pago de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores. Éstos constituyen requisitos previos para el pago a la empresa, por lo cual y conforme lo establece la Ley, las comunidades -en su calidad jurídica de dueñas de las obras- decidieron hacerse cargo de las deudas mantenidas por la organización con sus trabajadores, situación ante la cual el Comando de Bienestar, a través de la JAVE, aportó con dicho financiamiento, conforme a lo solicitado por las respectivas agrupaciones habitacionales.
  7. No obstante lo anterior y aun cuando la JAVE no presenta deuda alguna con la constructora, conforme al plan de pago y estado de las obras, la empresa Alcarraz tomó la determinación de presentar una demanda de indemnización de perjuicios en contra del Comando de Bienestar, por lo cual esta alta repartición ejercerá su derecho a defensa conforme lo establece la normativa legal, habiendo solicitado su representación judicial al Consejo de Defensa del Estado.
  8. Finalmente, es necesario señalar que la JAVE continuará efectuando los mayores esfuerzos financieros a su alcance legal y contractual, para atender los distintos compromisos que le han requerido sus beneficiarios, procurando en todo momento el bienestar de los integrantes de las comunidades, en su proceso de acceso a la vivienda propia.

OFICINA DE COMUNICACIONES Y RELACIONES PÚBLICAS DEL COMANDO DE BIENESTAR DEL EJÉRCITO

Ejército de Chile

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