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Comunicado

Comunicado Oficial situación judicial soldado de tropa profesional Veloso

Publicada: 11/11/2019

Respecto a la situación del Soldado de Tropa Profesional David Veloso Codocedo, de dotación de la 3ra. Brigada Acorazada “La Concepción”, de la ciudad de Antofagasta, quien fue denunciado a la justicia tras negarse a cumplir la orden de despliegue como parte de una Unidad Fundamental de Emergencia, a la cual se integró voluntariamente, el Ejército de Chile informa a la opinión pública lo siguiente:

  • La resolución de 7 de noviembre de la Excelentísima Corte Suprema no ha declarado la falta de responsabilidad penal del Soldado Profesional Veloso por negarse a cumplir la orden de desplegarse como integrante de una unidad de la 3ra. Brigada Acorazada “La Concepción” que concurriría a la Región Metropolitana, el día 20 de octubre pasado, a raíz del estado de excepción constitucional de emergencia decretado por S.E. el Presidente de la República.
  • La Excma. Corte Suprema tampoco ha establecido la existencia de un supuesto derecho de los miembros del Ejército, en general, ni del Soldado Profesional Veloso en particular, para rehusarse a cumplir órdenes del servicio en cumplimiento de un Decreto de la autoridad política emitido en ejercicio de sus facultades constitucionales, que no corresponde al Ejército ni a sus miembros desconocer.
  • Por tanto, según su propio tenor, la resolución de 7 de noviembre de 2019 otorgó la libertad del inculpado, sin pronunciarse sobre su responsabilidad ni sobre la legalidad o procedencia de su detención y procesamiento, aspectos que debe resolver la I. Corte Marcial al conocer la apelación deducida por el señalado Soldado Profesional.
  • Ello es así por cuanto todo militar, independiente de su grado y cargo, tiene el deber y la obligación de cumplir las leyes, decretos, reglamentos y órdenes legalmente emitidas en conformidad con ellos.
  • Este principio de obediencia en el cumplimiento de las órdenes legalmente fundadas es la base de nuestra capacidad de defensa de la soberanía nacional. Una línea de mando eficaz y efectiva es crítica para asegurar la existencia del Ejército profesional, jerarquizado y disciplinado que garantice nuestra integridad territorial y nos permita precaver y disuadir amenazas externas. Por esta razón, desobedecer una orden legalmente fundada implica una violación flagrante a la disciplina, base fundamental en la que descansan las instituciones armadas de la República, constituyendo además en determinados casos previstos en la ley, un delito.
  • En tales casos, es obligación del Ejército, como institución permanente de la República, y de quienes la integran, denunciar a la justicia los actos de indisciplina que puedan llegar a ser constitutivos de delito, rechazándolos públicamente, pues su aceptación implicaría infringir la propia Constitución Política del país, que expresamente señala que las Fuerzas Armadas son instituciones jerarquizadas, disciplinadas y no deliberantes.

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